-Las adopta el consejo de la UE y la comisión europea y pueden ser de aplicación obligatoria o con carácter orientador. Estas normas tienen primacía sobre las normas de los Derechos nacionales.
-Pueden ser:
A) REGLAMENTOS:
Son de aplicación obligatoria directamente en todos los estados miembros. Se publican en el DOE y entran en vigor en la fecha que fijen o a los 20 días de su publicación.
B) DIRECTIVAS:
Son de aplicación obligatoria directa en uno o varios estados miembros. Entran en vigor a partir de la notificación a su destinatario, sin que sea necesaria su publicación.
C) DECISIONES:
Son normas que regulan de forma obligatoria los casos particulares. Mediante ellas se puede exigir a algun estado miembro, institución, empresa o ciudadano que realice o no una acción, otorgarle derechos o imponerle obligaciones.
D) RECOMENDACIONES Y DICTÁMENES:
Textos de orientación pero sin fuerza obligatoria. Expresan valoraciones o juicios de orden público y moral.
lunes, 10 de mayo de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario