martes, 20 de abril de 2010

Parlamento Europeo

El Parlamento cuenta con 748 representantes más el presidente, elegidos mediante sufragio, por un periodo de cinco años. La sede del parlamento se encuentra en Estrasburgo (Francia).

*Estructura y funcionamiento del Parlamento Europeo:
Los diputados del Parlamento Europeo se agrupan por grupos
políticos a escala europea. Tiene comisiones parlamentarias.
- Los grupos Políticos: Los diputados representan a más de 80 partidos políticos europeos que se agrupan por afinidades ideológicas, representando las grandes familias europeas. En la actualidad existen 7 grupos en el parlamento europeo.

- Las comisiones Parlamentarias: Están formadas por diputados elegidos por los grupos políticos para que todos puedan estar representados.

*Funciones del Parlamento Europeo:
a) Función legislativa: La elaboración de la legislación reposa sobre el Consejo y el Parlamento. El procedimiento legislativo normal es la codecisión. Este procedimiento sitúa al Parlamento Europeo y al Consejo en pie de igualdad y desemboca en la adopción de textos comunes por parte de ambas instituciones. Gracias a la codecisión se incluyen las enmiendas parlamentarias en las leyes comunitarias. Este poder de codecisión constituye en la actualidad uno de los poderes más importantes del Parlamento. El procedimiento de codecisión se aplica a la libertad de circulación de los trabajadores, al establecimiento del mercado interior, a la investigación y el desarrollo tecnológico, al medio ambiente, a la protección de los consumidores, a la educación, a la cultura y a la salud.
b) Función presupuestaria: Se trata de una competencia importante que permite al Parlamento Europeo exponer sus prioridades políticas. Cada año, en el mes de diciembre, el Parlamento Europeo adopta el presupuesto de la Unión, que entra en vigor sólo tras la firma del Presidente del Parlamento Europeo, dotando así a la Unión de los recursos financieros que necesita para el año siguiente.
c)Función de control democrático: El Parlamento ejerce un control democrático sobre el conjunto de la actividad comunitaria. Esta competencia, que en un principio se refería únicamente a la acción de la Comisión, se ha ampliado igualmente al Consejo de Ministros, al Consejo Europeo y a los órganos de cooperación política que rinden cuentas al Parlamento. Asimismo, el Parlamento Europeo puede crear comisiones de investigación.

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